REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO LOS TEQUES

Los Teques, 27 de Agosto del 2002
192° y 143°


DISPOSITIVA

Con fuerza en la motivación precedente este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en lo Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declarar SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO MAIZO CARABALLO, por cuanto no han variado las circunstancias que motivaron al Tribunal Tercero de Control a Decretar su Detención Judicial en su contra; en consecuencia se NIEGA LA IMPOSICIÓN DE UNA MEDIDA MENOS GRAVOSA para el acusado, toda vez que con las mismas no pueden ser razonablemente satisfechas las resultas del proceso y se mantiene la Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra del ciudadano JOSE GREGORIO MAIZO CARABALLO; a tenor de lo establecido en los artículos 250 y 251 ordinal 2º y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Líbrese boleta de traslado a fin de imponer al acusado de la presente decisión
Regístrese, publíquese y déjese copia.

LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO


DRA. ROSA ELENA RAEL
EL SECRETARIO


ABG. JOSE LUIS CHAPARRO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO


ABG. JOSE LUIS CHAPARRO



RER/
Causa Nº 2JM-551-01