REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CUA, DIECISEIS (16) DE DICIEMBRE DE 2002.-
193º y 143º
EXPEDIENTE Nº: OA-0086-02
PARTE SOLICITANTE MILENI DIAZ COLMENARES.-
ABOGADO ASISTENTE: DRAS. MILTA ARCIA, MARIA ARGUINZONES Y ELIZABETH VALENCIA.-
PARTE DEMANDADA JUAN EMILIO SOSA-
MOTIVO DEL JUICIO OBLIGACION ALIMENTARIA.
Visto el convenimiento de fecha 10 de diciembre de 2002 suscrito entre las partes, este JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Cúa, estando dentro del lapso procesal correspondiente, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA HOMOLOGACION del mismo, de conformidad con lo estipulado en la normativa legal. Expídanse copias certificadas de la presente a las partes a los fines pertinentes. Háganse las anotaciones rutinarias.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, en Cúa, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del dos mil dos (2002).- Años: 192º de la Independencia y 143º de la Federación.
La Juez,
Dra. Josefina Gutiérrez.
El Secretario,
Abg. Jesús Alberto Zerpa P.
En el día de hoy, siendo la una y treinta de la tarde (01:30 pm) y previa las formalidades de Ley, se publicó la anterior Decisión.
El Secretario,
Abg. Jesús Alberto Zerpa P.
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