REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CUA, DIECISEIS (16) DE DICIEMBRE DE 2002.-
193º y 143º
EXPEDIENTE Nº: OA-O109-02
PARTE SOLICITANTE EMMA AMELIA ARRAIZ HENRRIQUEZ
DEFENSORA: DRA. MARYCARMEN NUÑEZ
PARTE DEMANDADA ORANGEL DE JESUS ALBORNOZ CARDOZO
MOTIVO DEL JUICIO OBLIGACION ALIMENTARIA.
Visto el convenimiento efectuado en el acto conciliatorio de fecha 10 de diciembre de 2002 y suscrito entre las partes, este JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Cúa, estando dentro del lapso procesal correspondiente, en nombre de la Republica Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA HOMOLOGACION del mismo en todas y cada una de sus partes de conformidad con lo estipulado en la normativa legal y ordena su cumplimiento. Háganse las anotaciones rutinarias.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, en Cúa, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del dos mil dos (2002).- Años: l92º de la Independencia y 143º de la Federación.
La Juez,
Dra. Josefina Gutiérrez.
El Secretario,
Abg. Jesús Alberto Zerpa P.
En el día de hoy, siendo las once de la mañana (11:00 am) y previa las formalidades de Ley, se publicó la anterior Decisión.
El Secretario,
Abg. Jesús Alberto Zerpa P.
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