REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. ACTUANDO EN FUNCIÓN DE JUEZ DE CONTROL DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 666 DE LA LOPNA.
ACTA DE AUDIENCIA ORAL.
JUEZ TEMPORAL DEL MUNICIPIO PAZ CASTTILLO: Dr. GILBERTO JOSÉ MARTINEZ ALFONZO.--------------------------------------------------------------------------------
ADOLESCENTES: IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN EL ARTICULO 665 DE LA Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.--------------------------------------
DELITO: TENENCIAS DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES.-----------------------------
ACUSADOR: Dra. MARIELA ACOSTA DE PLASENCIA, Fiscal 17° Suplente del Ministerio Público.----------------------------------------------------------------------------------------
SECRETARIA TEMPORAL: YUDI DE GOMEZ.-------------------------------------------------
En el día de hoy, 02 de Mayo del 2002, siendo las (03:05 PM), oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el acto de Audiencia Oral del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA; se constituyó en la sala de Audiencia el Juez de Control Dr. Dr. GILBERTO JOSÉ MARTINEZ ALFONZO, quien solicito que a la secretaria que verificara la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentra presentes las Adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA; La Dra. MARIA ELENA TIRADO Fiscal 9° del Ministerio Público, igualmente se encuentra presente la Dr. ELIAS ALVARES, en su carácter de Defensor Público Penal de Responsabilidad Penal del Niño y del Adolescente, Extensión Valles del Tuy, previamente juramentado.- En este estado el ciudadano Fiscal Expone: “realizo narración sucinta de los hechos, y solicito el procedimiento Ordinario, asimismo le sean aplicada al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, las medidas cautelares previstas en el articulo 582 literales “B y C”de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por estar incurso en el delito de Tenencia de Estupefacientes, previstas en el articulo 36 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.. Es Todo.-
Seguidamente el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le impone en este acto de los preceptos constitucionales establecidos en el artículo, 49 de la República Bolivariana de Venezuela y por ende las establecidas en los artículos 538, 541, 542, aparte único 543 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y 128 del Código Orgánico Procesal Penal, así como los articulo 31, 32, 34, 37 y 43 Ejusdem, quien lo expone: “me declaro consumidor y le cedo la palabra a mi Defensor…”
Seguidamente el Defensor Público Expone: “me opongo a la solicitud fiscal en virtud, de que la declaración de mi defendido evidencia que es consumidor, enmarcado esto en el articulo 36 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en donde se tipifica la dosis diaria de consumo, por esas razones solicito libertad plena e Inmediata de conformidad con el artículo 37 y 548 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, porque estamos en presencia de un consumidor y no de un hecho punible, Es Todo.-
En este estado el Juzgado del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, asumiendo las Funciones de Juez de Control de conformidad con el Artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: Primero: Procedimiento Ordinario y la Libertad del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asimismo le sean aplicadas las medidas cautelares previstas en el articulo 582 literales B y C de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, presentarse ante este Tribunal cada 08 dias y entregarse a su representante Legal. Provéase lo conducente.-Es todo.- Termino, Se leyó y conformes Firman.-
EL JUEZ,
Dr. GILBERTO JOSÉ MARTINEZ ALFONZO.
LA SECRETARIA
EXP. 193-02
|