REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Los Teques, diecisiete (17) de septiembre de dos mil dos (2002)
192º y 143º

Vistas las presentes actuaciones y el acta de inhibición de fecha trece (13) de noviembre de dos mil uno (2001), suscrita por la abogado Angelimer Lara Álvarez, Secretaria Titular del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salías de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Visto igualmente el auto dictado en esa misma fecha, donde se ordena la remisión con oficio al Tribunal de Primera Instancia Distribuidor “a los fines de que decida al respecto”. Este tribunal observa, de conformidad con los establecido en el articulo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, donde señala que de la inhibición de los secretarios en los tribunales unipersonales, la conocerá el juez del juzgado al cual pertenece; y en concordancia con lo establecido en el artículo 95 del Código de Procedimiento Civil, este tribunal declara que no tiene materia sobre la cual decidir y ordena remitir las presentes actuaciones al tribunal de origen. Cúmplase.
EL JUEZ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA

LA SECRETARIA


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA



HAS/icbc/fp.-
Exp Nº 22.148