REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Vista la solicitud que antecede, suscrita por el abogado ALEXIS LARA RIVERO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro.55.559, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JOSE FRANCISCO RODRÍGUEZ LARES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad N° V-11.480.868. EL Tribunal conforme al Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, pasa a decidir la presente Rectificación de Partida de Nacimiento, asentada por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito (ahora Municipio) Zamora del Estado Miranda, bajo el N° 26, folio 13, durante el año 1985, el error denunciado consiste que en la referida se identificó que el nombre de la madre del poderdante como: “CARMEN LARES DE RODRIGUEZ”, cuando siendo lo correcto es “CARMEN LAREZ DE RODRIGUEZ”, y para su efecto probatorio, dicho ciudadano consignó con su demanda; copia simple del Acta de Matrimonio de Carmen Larez Cabrera, copia simple Acta de Nacimiento de Carmen Larez Cabrera, copia de la cédula de identidad de Carmen Larez Cabrera y copia certificada del acta de nacimiento del poderdante, suscrita por la Primera Autoridad Civil del Distrito Zamora del Estado Miranda, bajo el Nro. 26, folio 13, del año 1973 . Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación en un juicio ordinario de rectificación de partida de nacimiento, procede a resolverlo meramente, y en tal sentido este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, a la Primera Autoridad Civil del Distrito Zamora del Estado Miranda, hacer la debida NOTA MARGINAL, en el acta de nacimiento llevada por ante esa Primera Autoridad Civil, durante el año 1973, bajo el N° 26, folio 13 a fin de que en la misma donde dice:..Me ha sido presentado ante este despacho un niño varón por “CARMEN LARES DE RODRIGUEZ”, en su lugar diga y se lea:.. “CARMEN LAREZ DE RODRIGUEZ”, todo sin perjuicios de terceros.
Expídanse por Secretaría copias certificadas de esta sentencia y remítase a las autoridades civiles competentes junto con oficios, a los fines de estampar la correspondiente nota marginal, conforme a lo establecido en el artículo 774 ejusdem.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques; a los treinta (30) días del mes de abril de dos mil tres (2003).
Años: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.-
EL JUEZ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 11:30 a.m.-
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/yd.
Exp. N°22978