TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
LOS TEQUES
193º y 144º
Los Teques 21 de abril de 2003
Vista la diligencia anterior de fecha diez (10) de abril de 2003, estampada por
el abogado JOSE RAFAEL GAMUS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.756, mediante la cual consigna documento debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Trigésima Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 26 de marzo de 2003, bajo el Nº 03, Tomo 16, constante de (16) folios útiles, en donde los ciudadanos JORGE LUIS ZERPA MICHELETTI Y AGLAE MARGARITA SANOJA NORIEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.545.575 y V-8.528.317, liquidan la comunidad conyugal de bienes que mantuvieron durante su matrimonio, y visto el pedimento en el mismo contenido, este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la PARTICION de la comunidad conyugal convenida por ambos cónyuges, en los mismos términos expresados en dicho convenimiento, y le da carácter de cosa juzgada. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

LA SECRETARIA acc,

ABG. ANA GONZALEZ



VJGJ/lisbeth
EXP. N° 13284