JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 25 de abril de 2003

Visto el anterior escrito presentado en fecha 21 de abril de 2003, contentivo de la solicitud de partición de bienes de la comunidad conyugal formulada por los ciudadanos HUGO IGNACIO ANDARA LAMONT y LENNYS JUDITH LINARES GAHON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 10.892.934 y 10.383.754, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio ADRIANA LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 43.216, y visto el pedimento en el mismo contenido, este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la PARTICION convenida por ambos, en los mismos términos expresados en dicha solicitud, y le da carácter de cosa juzgada. De igual modo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas de la solicitud, con inclusión del presente auto. Para la elaboración de las certificaciones se autoriza a la Abg. ROSANGEL MARIN, quien las suscribirá en todas y cada una de sus páginas, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

LA SECRETARIA,

Abg. ROSANGEL MARIN

VJGJ/ag
Exp No.13247