JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
LOS TEQUES
193º Y 143º
Visto el escrito de transacción presentado en fecha 23 de abril de 2003, por el abogado HENRY OMAR MOLINA CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.073.554 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.077, en su carácter de apoderado judicial de la SUCESION GONZALEZ MARRERO, representada por los ciudadanos JOSE AGAPITO GONZALEZ MARRERO Y FACTOR VICTORIO GONZALEZ MARRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.120.605 y V-3.586.807 respectivamente, parte demandante, y el ciudadano FRANKLIN FIGUEREDO MIRANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.728.575, en su carácter de Gerente de la Sociedad Mercantil LICORERIA MALABARES 177, C.A., debidamente asistido por el abogado CARLOSAR ARMANDO ROCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.871.247 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.807, parte demandada, constante de dos (2) folios útiles y dos (2) anexos, y visto el pedimento en el mismo contenido, este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la TRANSACCION celebrada por ambas partes, en los mismos términos expresados en dicha transacción, y le da carácter de cosa juzgada. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
LA SECRETARIA,
ABG. ROSANGEL MARIN
VJGJ/lisbeth
EXP. N° 13485
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