REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA Y SIMÓN BOLÍVAR

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMON
BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Santa Teresa del Tuy 21 de Abril Del año 2003
193° y 44°

EXPEDIENTE: N° 2458-02


DEMANDANTE: Expósito Alonso Celestino, mayor de edad de Nacionalidad Española Y portador de la cedula de identidad N° E-710-836, de este mismo domicilio.


DEMANDADO: Delgado Baldillo Laura Lisbeth, Venezolana Mayor de edad de este domicilio y portadora de la cedula de identidad N° 17-192-625.


Apoderado Judicial de la parte demandada: No Tiene Constituido.


Visto en autos:

La presente acción se inicia mediante Libelo de demanda presentado por el Ciudadano Celestino Expósito, debidamente asistido por la ciudadanas abogadas Dra. Yunira C, Márquez y la Dra. Marisol Piña Hernández, en contra de la ciudadana Laura Lisbeth Delgado. Todos plenamente identificados en autos.
Cursa al folio 11 del presente expediente, auto dictado por este Tribunal en el cual por cuanto la misma no es contraria al orden publico ni a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se ADMITE cuanto a lugar en derecho, ordenando emplazar al intimado, a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Diez días de despacho siguientes y que conste en autos su intimación, a los fines de que pague o acredite haber pagado las cantidades de dinero demandadas a la parte actora.

Cursa al folio 13 del presente expediente diligencia suscrita por el ciudadano, Celestino Expósito Alfonso, de fecha 11 de Noviembre, parte actora, en el cual consigna Poder Apud Acta, a las ciudadanas Abogadas Dra. Yunira C, Márquez y Dra. Marisol Piña Hernández, para que conjunta o separadamente lo representen y defiendan sus intereses.

Cursa al folio 14 del expediente diligencia suscrita por la Dra. Yunira Márquez, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.415, actuando en la condición de apoderada Judicial del ciudadano Celestino Expósito. En el cual celebra convenimiento, del contrato de arrendamiento celebrado sobre un inmueble constituido por un Apartamento signado por el N° 2, situado en la parte alta de la CASA S/N, ubicado en la calle Negro Primero de la Población Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia. Con la firma del presente documento y el pago de los cánones de arrendamientos dejados de cancelar por la cantidad de TRECIENTOS MIL BOLIVARES (300.000), queda resuelto el contrato de arrendamiento mencionado, comprometiéndose la arrendataria a entregar el bien inmueble antes antes descrito libre de bienes y personas de fecha 15 de diciembre del 2002.


Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Teresa del Tuy, de conformidad con lo previsto en el Art. 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte Homologación, del Convenimiento celebrado por la Abogada Yunira Márquez, en su carácter de apoderada Judicial del ciudadano Expósito Alfonso Celestino, parte actora, y la demandada Delgado Laura Lisbeth.

Se, acuerda expedir sendas copias certificadas del convenimiento y del auto de la Homologación, asimismo se ordena, el archivo del presente Expediente en la oportunidad correspondiente.

PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA

Dada firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar d4e la Circunscripción Judicial del Estado Miranda

La Juez

Dra. Tibisay Acosta

La Secretaria

Abg. Minnorea Guzmán

En esta misma fecha de hoy 14 de abril del año 2003 siendo las 11:00 am de la mañana se publico y registro la anterior sentencia, previo el anuncio de ley.

La secretaria


Exp. 2458-02
JORGE