REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

DISPOSITIVA

Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No. 1, administrando Justicia por mandato expreso de Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se REVOCA las medidas Cautelares sustitutivas impuestas al ciudadano FELIX CAMACHO VIVAS titular de la Cédula de Identidad No. 16.148.287, con relación a la causa que se le sigue por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO CON FRACTURA previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4 del Código Penal, signada con el No. 1C12688-02 nomenclatura de este Tribunal, en consecuencia se Ordena que el ciudadano FELIX CAMACHO VIVAS permanezca recluido en el Internado Judicial de Los Teques a disposición de este Tribunal, por lo que igualmente se ordena se envíe Oficio dirigido a dicho centro reclusorio con la respectiva Boleta de Encarcelación, de conformidad con el Parágrafo Primero del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: En vista de que en Fecha 23 de abril de 2003, no fue realizada Audiencia Oral la cual fue solicitada por el imputado a efecto de ser escuchado, en la referida causa, es por lo que se fija el día 06 de mayo de 2003 para que se lleve a cabo la referida audiencia, se ordena se libre la correspondiente Boleta de Traslado.

Publíquese, Regístrese, Déjese copia autorizada. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-

LA JUEZ


Dra. WENDI Y. SAEZ RAMIREZ

Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede y así lo certifico.

EL SECRETARIO



CAUSA: 1C 12688-02
WSR/HP/ws.