REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 22 de Abril de 2003
192º y 144º


ACTUACION NRO: 2E2790-03
JUEZ: IRIS MORANTE HERNANDEZ, Juez Segunda de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
SECRETARIA: MARIA TERESA FRANCO

IDENTIFICACION DE LAS PARTES

• PENADA: FLORALBA MARGARITA GOMEZ DE FABIAN, Titular de la Cédula de Identidad N° 6.116.698, fecha de nacimiento 12-10-1961, de nacionalidad Venezolana, de 41 años de edad, profesión u oficio del hogar, residenciada en El Sector El Vigia, Calle LA Redoma, Zona Industrial, Galpón N° 3, Los Teques, Edo. Miranda.

• DEFENSA: DRS. CARLOS ISAIAS APONTE GONZALEZ y RAMON CANELA GUILLEN, Abogados en libre ejercicio.

• REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO: Dr. IBRAHIN ZARRAGA, Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias.

Definitivamente firme como se encuentra la Sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal y Sede, mediante la cual absolvió a la ciudadana FLORALBA MARGARITA GOMEZ DE FABIAN, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en aplicación del principio in dubio pro reo, al no quedar establecidos los hechos y menos la participación de la acusada. Igualmente en la referida sentencia se ordenó la DESTRUCCION DE LA DROGA, según el procedimiento de destrucción por incineración establecido en la Sentencia de fecha 25-09-2001, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ponencia del Magistrado Dr. ANTONIO GARCIA GARCIA, (caso Nancy Prieto y otros) y sentencia de fecha 29-11-2001, de la referida Sala.
Ahora bien el procedimiento correspondiente a la destrucción de la droga es el establecido en el numeral 3 de la parte que indica los pasos a seguir para la destrucción de la droga en la referida Sentencia por cuanto ha culminado el Juicio por medio de sentencia definitivamente firme, antes del establecimiento del presente procedimiento, sin que se hubiese ordenado la destrucción de las sustancias estupefacientes y psicotrópicas, el Fiscal del Ministerio Público que ejerció la acción penal deberá notificar al Fiscal Superior de su Circunscripción Judicial, para que proceda a iniciar el procedimiento en la jurisprudencia señalada.
En consecuencia por lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución acuerda:
Primero: Vista la decisión absolutoria a favor de la ciudadana FLORALBA MARGARITA GOMEZ DE FABIAN, Titular de la Cédula de Identidad N° 6.116.698, oficiar al Servicio de Información Policial de Dirección Nacional de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (S.I.P.O.L.), a los fines de que sea excluida de pantalla.
Segundo: Oficiar al Dr. ALEJANDRO QUINTERO POLANCO, Fiscal Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, remitiendo copia debidamente certificada de la Sentencia Absolutoria a los fines de que inicie el trámite pertinente para la destrucción de la Droga.
Regístrese, Publíquese, Diarícese y Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN

IRIS MORANTE HERNANDEZ
LA SECRETARIA

MARIA TERESA FRANCO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
IMH/ACA/ob:
Exp. 2E2790/03.-