Por los razonamientos expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Revisión Medida presentada por EL Defensor Privado del ciudadano RAMIREZ MORA RONALD REINALDO, venezolano, natural de Caracas, nacido el día 12-01-74, de 29 años de edad, soltero, con Cédula de Identidad N° 11.484.200, desempleado a quien se le revisa la medida privativa de libertad, que le fuera dictada en fecha 08-02-03 y en consecuencia se sustituye por las medidas cautelares sustitutivas del artículo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, referentes a la presentación cada ocho (8) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y la presentación de dos (2) fiadores que devenguen treinta (30) unidades tributarias, con la documentación correspondiente.
Diarícese, notifíquese y publíquese.
LA JUEZA DEL TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
NANCY MARINA BASTIDAS DE GARCIA
LA SECRETARIA
JESSICA PEREIRA
Act. 1C 14834-03
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