REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: Declara SIN LUGAR la petición planteada por la defensa, en cuanto a la aplicación del lapso estipulado en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar por la naturaleza del delito investigado, queda excluido de la aplicación de tal norma. SEGUNDO: Por cuanto han transcurrido 22 meses desde la individualización de los imputados sin que el Representante del Ministerio Público hubiere dado cumplimiento a la norma estipulada en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, modifica la decisión dictada en fecha 30-10-02, y en su lugar impone a los investigados 1.- LEYDA CASTILLO LEDEZMA, de 50 años de edad, extranjera, natural de Colombia, de estado civil soltera, hija de Vitalia Ledesma (v) y Julián Castillo (v), de profesión u oficio comerciante. portadora de la Cédula de Identidad Número E-81.808.744, y 2.- NOGUERA NESTOR de 40 años de edad, venezolano, natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, hijo de Concepción Noguera (f), comerciante, residenciados ambos en la Urbanización Cartanal, Sector 10 calle 48, casa sin número, Santa Teresa del Tuy, de las medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad contenidas en el artículo 256 ordinal 3°, esto es, la presentación cada ocho (8) días por ante las Oficinas del Alguacilazgo por un lapso de dos (2) meses, y la contenida en el ordinal 5°, esto es la prohibición de concurrir a lugares donde se expenda bebidas alcohólicas, o se consuman sustancias estupefacientes y psicotrópicas, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 250 literal tercero y sexto, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 44 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela.
DRA ADALGIZA MARCANO
JUEZ PRIMERO DE CONTROL ABG. JOSE MORENO
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DRA ADALGIZA MARCANO HERNANDEZ