este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Quinto de Control del Circuito judicial Penal de la Extensión de los Valles del Tuy, Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara con lugar la solicitud hecha por el Fiscal del Ministerio Publico y la Defensa Publica Penal en lo que respecta a la aplicación del Procedimiento Ordinario. SEGUNDO: Revisada como ha sido la presente actuación se evidencias que no existen tales incongruencias en las actas policiales es por ello que se Decreta la Privación Preventiva Judicial de Libertad del Imputado: VEGAS JULIAN JESUS, nacionalidad venezolano, Natural de Caracas , de Estado Civil casado, de profesión u oficio: Panadero, nacido el 12-04-63, Edad: 39 años, residenciado en: Calle 03, casa N ° 13, Urbanización el paují, San Francisco de Yare, Estado Miranda, hijo de AGUSTINA VEGAS (V) y JULIAN BAEZ (V) y portador de la Cédula de Identidad N° V- 6.050.977, de conformidad con los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3°, 251 ordinales 2° y 5°; y 252 ordinal 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal, TERCERO: se Ordena como Centro de Reclusión el Centro Penitenciario Yare II, Librese la respectiva Boleta de Encarcelación. CUARTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía de origen, en su oportunidad para que continuara con las investigaciones. Cúmplase.-
EL JUEZ
DR. PEDRO J. NATERA P.
LA SECRETARIA
ABG. MARIZAI ROJAS
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA
ABG. MARIZAI ROJAS
ACT N° 5C 23168-03
PNP/ AM.
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