REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a dictar el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ACUERDA el destino a Establecimiento Abierto (REGIMEN ABIERTO) como medida alternativa de cumplimiento de pena al ciudadano: PEREZ GORZO LUIS ALCIDES, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad No. E- 8.624.989, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 64, ordinal 1° y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, notificándole al condenado que deberá cumplir con las condiciones y obligaciones señaladas en la parte motiva de esta decisión, entregándole una copia de la resolución, con la obligación de presentarse ante el Tribunal que otorgó su libertad en un lapso de veinticuatro (24) horas, en caso de incumplimiento le será revocado el beneficio. Se le otorgará el oficio con el cual se dirigirá al Centro de Tratamiento Comunitario, que le sea designado por el Director del Centro de Tratamiento No Institucional, Región Capital, Caracas. No ausentarse de la jurisdicción del Tribunal y del área Metropolitana, sin previa autorización del mismo.

Líbrese Boleta de Excarcelación al Director de la Penitenciaría Centro Penitenciario Región Capital, Yare I, oficios al Director del Centro de Tratamiento No Institucional, Caracas, al Director de Prisiones del Ministerio de Justicia y al Fiscal del Ministerio Público y a la Defensa.

Dado, firmado y sellado en la Sala del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución No 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy.

Publíquese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ DE EJECUCION No 1,

DRA. ARLENIS ESCALANTE GUERRA

EL SECRETARIO,

ABG. WILMER OLIVARES

En la misma fecha se publicó la presente decisión.

EL SECRETARIO,

ABG. WILMER OLIVARES
ACT. 577-01
AEG*WO*na