REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE LOS TEQUES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES
JUEZ PROFESIONAL NRO.- 2
Los Teques, 03 de Abril de 2003.
192 y 144
Visto las anteriores actuaciones que integran el presente expediente, en especial la diligencia que antecede, y habiéndose llenado todos los extremos de Ley, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en la persona de su Juez Profesional Nro. 2, Dr. Rocco Otello, discierne el Cargo de Curador Ad Hoc de los Adolescentes, JOSÉ AGUSTÍN Y ANDREA CAROLINA BEDOYA CUARTAS, de 14 y 13 años de edad, en la persona del al ciudadano ANÍBAL CUARTAS VALENCIA, venezolano titular de la cédula de identidad N° V- 81.618.215.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejándose Copia Certificada insertas en autos, previa constancia de las mismas en el Libro Diario llevado por esta Sala de Juicio, así mismo, y por cuanto la presente causa ha alcanzado su fin natural, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo.- Cúmplase .-
EL JUEZ
DR. ROCCO OTELLO
LA SECRETARIA
Accidental
ABOG. Samanta Albornoz
MOTIVO: CURADOR AD HOC
EXPEDIENTE NRO. 1510.
RO/SA/gigi.-