REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO.JUEZ UNIPERSONAL N° 2
Guatire, 25 de abril del 2.003
192º y 144º
Vista la diligencia de la ciudadana OLIANIS JOSEFINA MOYA VIDAL en su carácter de autos, inserta en el folio veinticuatro (24) donde desiste del presente procedimiento, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA HOMOLOGAR dicho desistimiento en los mismos términos y condiciones establecidos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena archivo de la presente incidencia. Así mismo se acuerda levantara la media de embargo decretada por este Tribunal en fecha 28/11/02, así como también se acuerda devolver la partida de nacimiento que corre inserta al folio cinco (05) del presente expediente. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. AIDA LEON DE OBADIA
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG.JUDITH LOVERA PEDRON
EXP. N° 02/2720
ALO/JLP/jbr