REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN BARLOVENTO.JUEZ UNIPERSONAL N° 2

Guatire, 25 de abril del 2.003

192º y 144º



Vista la diligencia de la ciudadana OLIANIS JOSEFINA MOYA VIDAL en su carácter de autos, inserta en el folio veinticuatro (24) donde desiste del presente procedimiento, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA HOMOLOGAR dicho desistimiento en los mismos términos y condiciones establecidos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena archivo de la presente incidencia. Así mismo se acuerda levantara la media de embargo decretada por este Tribunal en fecha 28/11/02, así como también se acuerda devolver la partida de nacimiento que corre inserta al folio cinco (05) del presente expediente. Cúmplase.
LA JUEZ

DRA. AIDA LEON DE OBADIA
LA SECRETARIA


ABG. JUDITH LOVERA PEDRON

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA


ABG.JUDITH LOVERA PEDRON


EXP. N° 02/2720
ALO/JLP/jbr