REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN BARLOVENTO
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO. Guatire, 03 de abril del año 2003.-
192° y 144°
Por recibida la solicitud de MEDIDA IMNOMINADA, presentada por la ciudadana LEONORA MILAGROS SOMANA ANUEL, en su carácter de Representante de la niña MAOLI MARILE DEL VALLE LOPEZ SOMANA, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa en la Ley. En consecuencia en interés superior de la niña MAOLI MARILE DEL VALLE LOPEZ SOMANA, y a los fines de evitar la entrega de dinero que causen graves lesiones al patrimonio de la referida niña en su condición de heredera del de cujus ciudadano MAO EFRÉN LOPEZ FRIAS, y de conformidad con lo establecido en el artículo 467 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se ordena librar Oficios a las siguientes instituciones: I.U.T.A., U.N.E.S.P.O., INSTITUTO ANTONIO JOSE DE SUCRE, U.E, PABLO VILA y BANCO DE VENEZUELA, Agencia Avenida Baralt, a los fines de informarle que deben abstenerse de hacer entrega de dinero, a ninguna persona, hasta tanto este Juzgado no ordene lo conducente. Notifíquese a la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Público, de esta misma Circunscripción Judicial. CUMPLASE.-
LA JUEZ
DRA. AIDA LEON DE OBADIA
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal.
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
EXP. N°. 03/3154
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