REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dieciocho (18) de agosto de dos mil dos (2002).
193º y 144º
Visto el escrito precedente del Juzgado Distribuidor, así como los recaudos que lo acompañan, presentado ante éste por la abogada RAIZA VALLERA LEON, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ESTEBAN JOSÉ QUINTERO VALECILLOS, el Tribunal le da entrada en Libro de Causas bajo el N° 23724 y el Juez Titular se avoca al conocimiento de la presente. Ahora bien, analizando el contendido del referido escrito, se observa que el mismo constituye Recurso de Hecho ejercido por la mencionada abogado en nombre de su representado contra el auto dictado en fecha 25 de julio de 2003, por el Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de esta Circunscripción Judicial y sede, que le negó la apelación interpuesta en fecha 16 de julio de 2003, contra el auto dictado el 20 de junio de 2003, que niega la apertura del lapso probatorio, solicitado conforme al artículo 607 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, el Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 307 del mencionado código, fija el término de cinco (5) días de despacho, para decidir.
EL JUEZ
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. N° 23724
HJAS/ICBC/bd*