REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dieciocho (18) de agosto de dos mil tres (2003).

193° y 144°

Vistas las actuaciones que anteceden, llevadas a cabo por ante la Notaría Pública de los Municipios Páez, Andrés Bello y Pedro Gual del Estado Miranda con sede en Río Chico, este Tribunal sin perjuicio de los derechos de terceros y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JOSE DE JESÚS ANDRADE JUGO, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Río Chico y titular de la cédula de identidad número V-241.785, sobre las mejoras y bienhechurías realizadas en un TERRENO ADQUIRIDO POR DONACIÓN EN PAGO, UBICADO ENTRE EL CASERÍO EL CRISTO Y SAN FERNANDO DEL GUAPO, ESTADO MIRANDA, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente identificados en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud, la cual, según lo indica precede redactada por la Dra. NOEMÍ SANCHEZ DE AMESTY, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 4.557. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA


LA SECRETARIA

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

En esta misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.

LA SECRETARIA

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

EXP. N° 38804
HJAS/ICBC/bd*