REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintisiete (27) de agosto de dos mil tres (2003).

193º y 144º

Vista la anterior solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana ELENA MICHELLY RODRIGUEZ CAVAT, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.410.156, asistida por los abogados NANCY DÍAZ DE VALENCIA y JUVENAL CLEMENTE, el Tribunal le da entrada en el Libro de Causas bajo el N° 23675 y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, ordena la citación del cónyuge, ciudadano CARLOS EDUARDO GONZALEZ SEQUERA, a los fines que comparezca por ante este Tribunal, ubicado en: Avenida Arismendi, cruce con Avenida Bermúdez, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, piso 1, en una cualesquiera de las horas comprendidas entre las 8:30 a.m. y 1:30 p.m., del tercer (3°) día de despacho siguiente a su citación, más un (01) día que se le concede como término de la distancia, a dar contestación a la referida solicitud; comisionándose suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a quien se ordena librar el correspondiente despacho junto con oficio, a objeto que el Tribunal que resulte seleccionado mediante el mecanismo de distribución, la practique. Así mismo, se ordena notificar a la FISCAL XI DEL MINISTERIO PÚBLICO de esta Circunscripción Judicial, para que intervenga en el procedimiento como parte de buena fe, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la misma, todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrense boletas de citación y notificación y adjúntese a las mismas copias certificadas de la solicitud presentada, en consecuencia, entréguese al alguacil del tribunal la de notificación de la representante del Ministerio Público, para que practique la misma. Déjese constancia.
EL JUEZ


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO C.

Nota. En esta misma fecha se libraron las respectivas boletas, dejándose expresa constancia que faltan fotostatos para compulsar.

LA SECRETARIA

EXP. N° 23675
HJAS/HJAS/bd*