REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintisiete (27) de agosto de dos mil tres (2003).
193° y 144°
Vista la anterior solicitud proveniente del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, procedente del Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, presentada por la ciudadana INGRI TIBISAY GONZALEZ CORREA, titular de la cédula de identidad No. V-10.099.011, debidamente asistida por la abogada YELITZA SURGA ACOSTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 51.391, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana INGRI TIBISAY GONZALEZ CORREA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad No. V-10.099.011, sobre las mejoras y bienhechurías sobre un terreno propiedad del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, ubicadas en la Urbanización Colina Feliz parte alta, verde 03 casa S/N, Jurisdicción del Municipio Plaza, Guarenas Estado Miranda. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada YELITZA SURGA ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.391. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones al promovente, conforme lo ordenado anteriormente.-
LA SECRETARIA,
HJAS*Wdrr.
S. No. 39388