REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
Cumplidas las formalidades de Ley, la Ciudadana Juez, Oídas la exposiciones de las partes, señala, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por mandato expreso de Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: Primero: Por existir violación al artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se decreta la Libertad Plena e Inmediata del ciudadano GIL VELIZ JUAN BAUTISTA, titular de la Cédula de Identidad No. 12.414.100. Segundo: De conformidad con los artículos 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena se continué la averiguación por vía de procedimiento ordinario; en consecuencia, se ordena se libre la correspondiente boleta de Excarcelación; Igualmente, se ordena se remita la causa a la Fiscalía actuante en el tiempo legal correspondiente. Quedaron notificadas las partes de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia autorizada, Diarícese. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DRA. WENDI Y. SAEZ R
Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede y así lo certifico.
LA SECRETARIA
WYSR/VZ/ws.-
CAUSA:1C-21632/03