REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

Escuchadas las exposiciones de las partes este tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Con sede en Los Teques administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: Primero: Por estar llenos los extremos del artículo 248 se decreta la aprehensión del imputado como la realizada en flagrancia. Segundo: De conformidad con los artículo 372 y 373 del texto adjetivo penal se ordena se continúe la averiguación por vía de procedimiento ordinario. Tercero: Por solicitud de ambas partes y por no estar llenos los extremos del artículo 250 ejusdem se decreta la libertad plena e inmediata del imputado Líbrese la correspondiente boleta de excarcelación. Se ordena la remisión de las actuaciones a la fiscalía actuante en el lapso legal correspondiente. Quedaron notificadas las partes de la presente decisión.

Publíquese, Regístrese, Déjese copia autorizada. Diarícese. Cúmplase.-
LA JUEZ

DRA. WENDI Y. SAEZ R

Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede y así lo certifico.



LA SECRETARIA


WYSR/VZ.-
1C-22408-03