REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 22 de agosto de 2003
192° Y 143°
DISPOSITIVA
Sobre la base de lo expuesto este Juzgado Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la revisión de la medida judicial preventiva privativa de libertad solicitada por la defensora del imputado GREMYKO GERMÁN GÓMEZ MARÍN, titular de la cédula de identidad No. V-17.026.355, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Es Justicia que administra este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Estado Miranda.
Regístrese, déjese copia autorizada, líbrese boleta de traslado y notifíquese a las partes.
EL JUEZ,
DR. JOSÉ AUGUSTO RONDÓN.
EL SECRETARIO,
EDUARDO SÁNCHEZ.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,
EDUARDO SÁNCHEZ.
ACT: N° 2C18862-03
JAR/ES/jar