REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ORDENA la Libertad inmediata del imputado NAGUANAGUA PIÑERO JEAN CARLOS, venezolano, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, de 18 años de edad, soltero, de profesión u oficio: desempleado, domiciliado en Calle Las Flores con Callejón La Gobernación, casa s/n, frisada sin pintar, la última casa del callejón Carapita, Caracas, D.C., titular de la cédula de identidad Nro. 17.752.755 e imponiéndosele la medida cautelar sustitutiva referente a la presentación cada QUINCE ( 15) días por el término de SEIS (6) meses, contados a partir del día miércoles 13 de agosto de 2.003, por ante la sede de la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y Sede, todo de conformidad con lo establecido en el Sexto Aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el numeral 3° del artículo 256 Ibidem. SEGUNDO: Líbrese Boleta de Excarcelación a nombre del imputado.

Regístrese, Publíquese, déjese, copia autorizada, líbrese boleta de traslado . Notifíquese . CUMPLASE.

Dada, firmada y sellada en al Sala de Audiencias del Tribunal TERCERO de Primera Instancia en Funciones de CONTROL del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los doce (12) días del mes de agosto del año dos mil tres (2.003). Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
LA JUEZA,

AURA ELENA GUZMAN DIAZ.
LA SECRETARIA

DORCY OSVAIRA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en auto precedente.- .
LA SECRETARIA

DORCY OSVAIRA GONZALEZ
ACT: N° 3C-19.883-03
AEGD/ DOG/j