REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Los Teques, 22 de Agosto de 2.003.
193º. Y 144º.
Por cuanto de la revisión del cómputo practicado por este Tribunal en fecha 19/06/2003, se observa que no se realizó el cálculo correspondiente a la fecha de cumplimiento de la medida de Reglas de Conducta que fuera impuesta a los adolescentes IDENTIFICACION OMITIDA por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes; este Tribunal, observa:
PRIMERO: Que el adolescente IDENTIFICACION OMITIDA, inició el cumplimiento de la medida de REGLAS DE CONDUCTA el día 10/06/2003, hasta el día de hoy 22/08/2003, han transcurrido DOS (2) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, y sentenciado como fue a cumplir la sanción de: REGLAS DE CONDUCTA, por un lapso de UN (1) AÑO, se observa que le falta por cumplir el tiempo de NUEVE (9) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS, medida que terminará de cumplir el día 10/06/2004.
SEGUNDO: Que el adolescente IDENTIFICACION OMITIDA, inició el cumplimiento de la medida de REGLAS DE CONDUCTA el día 10/06/2003, hasta el día de hoy 22/08/2003, han transcurrido DOS (2) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, y sentenciado como fue a cumplir la sanción de: REGLAS DE CONDUCTA, por un lapso de UN (1) AÑO, se observa que le falta por cumplir el tiempo de NUEVE (9) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS, medida que terminará de cumplir el día 10/06/2004.
Notifíquese del presente cómputo a las partes, en consecuencia, líbrense Boletas de Citación a los adolescentes, para el día martes 02/09/2003, a las 11:00 a.m. Líbrense Boletas de Notificación a la Defensa y a la Representante del Ministerio Público.
La Juez.,
CONSTANZA GONZALEZ FRANCO La Secretaria.,
GINETH OUTUMURO PULIDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria.,
GINETH OUTUMURO PULIDO
CGF/fm. Act. 1E-200/03