REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION
BARLOVENTO
Guarenas, 06 de Agosto de 2003
Vistos los recaudos de fiadores consignados en fecha 31-07-03 por Dra. YOSMAR HERNANDEZ, Defensora Pública adscrita a este Circuito Judicial, en su carácter de Defensora del ciudadano JUAN ALFREDO LEON RIVAS, este Tribunal no acepta a los ciudadanos ROGER RUIZ ESPINOZA y PABLO JOSE PARRA MATA, titulares de las Cédulas de Identidad N° 6.835.961 y 6.835.827, en virtud que los balances personales que consignan no reflejan los ingresos mensuales, ni acompañan los soportes en que se fundamentan dichos balances, además de ser ilegibles los datos del contador Público que los suscribe. Igualmente no indican los fiadores de formar precisa las direcciones exactas donde tienen sus respectivas sedes las referidas empresas para las que presuntamente que laboran. Líbrese Boletas de notificación a la Defensora. Cúmplase.-
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
Dra. ITALA DUARTE ORTEGA
LA SECRETARIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ACT. 2C- 17. 346-03