REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

D E C I S I O N
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta fecha 20 de junio del 2.003 al imputado JOSE LUIS GUZMAN NIÑO, indocumentado y le impone una CAUCIÓN JURATORIA, en la cual el imputado se obligará mediante acta firmada, a no ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal y a presentarse por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Valles del Tuy del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda cada ocho (8) días y a tal efecto el imputado se identificará plenamente, aportando sus datos personales, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 259 y 260 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 263 y 264, ejusdem.-

Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese.

Líbrese las correspondientes boletas de notificación, Oficio y Excarcelación.-



La Juez


ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO

La Secretaria

YOLEXSI URBINA MARTÍNEZ



Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.-


La Secretaria

YOLEXSI URBINA MARTÍNEZ