REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283,ejusdem. Segundo: Decretar al ciudadano MANUEL ESTEBAN MOTA GOMEZ, de Nacionalidad Venezolana, residenciado en las Terrazas de Cúa, manzana 9, casa Nro. 26, Cúa , Estado Miranda, nacido en fecha 07-12-69, de profesión u oficio carpintero, de Estado Civil casado y titular de la cédula de identidad Nro. 10.818.128, de Padres: Marina Gómez Reinaldo Mota, Decreta la Privación Preventiva Judicial de Libertad de conformidad con lo establecido en el articulo 250 ordinales 1°, 2° y 3° y 251 ordinales 2° y 5° ambos del Código orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito Robo de Vehículos Automotores en Grado de Frustración previsto y sancionado en el articulo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores en concordancia con el artículo 80 del Código Penal. Se ordena como centro de detención preventiva el Centro Penitenciario Región Capital Yare II. Quedan notificadas las partes .Se declara cerrada la audiencia.
La Juez
ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO
EL FISCAL
LA VICTIMA
LA DEFENSOR
EL IMPUTADO
La Secretaria
Abg. Yolexsi K. Urbina Martinez