REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano RICHARD GERARDO CARDIZ ULLOA, de Nacionalidad Venezolana, residenciado Carretera Petare Santa Lucia, Kilometro 18, sector el Taller Santa Lucia, Estado Miranda, nacido en fecha 03-10-72, de profesión u oficio obrero, de Estado Civil solteroy titular (es) de la cédula de identidad Nro. 11.056.449,de Padres: Edita Ulloa (F) y Carlos Elias Padron (f), la medida cautelar sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinal 3°, 5° y 8° como es la presentación cada Quince (8) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses, contados a partir de la presente fecha; prohibición de concurrir a lugar de los hechos donde fueron aprehendidos y la la presentación de dos a Cuatro Fiadores que en su conjunto acrediten la acntidad de Cuarenta (40) Unidades Tribuntaria, por la presunta comisión del delito de Hurto calificado previsto y sancionado en al articulo 455 ordinal 4° del Código Penal, Permanecera detenido preventivamente en la sede del Instituto del estado Miranda (IAPEM) Región 5. Quedan notificadas las partes. Se declara cerrada la audiencia.
La Juez


ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO

LA FISCAL




LA DEFENSORA




EL IMPUTADO




LA SECRETARIA


ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ