REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano DANIEL ANTONIO CASTILLO VILLEGAS, de Nacionalidad Venezolana, residenciado (s) en el sector la Aguada, calle Flor de la laguna, casa sin nro. de San Francisco de Yare, Estado Miranda, nacido (s) en fecha 19-10-81, de profesión u oficio obrero, de Estado Civil soltero y titular (es) de la (s) cédula (s) de identidad Nro. 16.578.193,de Padres: Sonia Villegas (v) y Francisco Castillo (v), la medida cautelar sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinal 3°, 5° y 2° como es la presentación cada ocho (8) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses, contados a partir de la presente fecha; prohibición de concurrir a lugar de los hechos donde fueron aprehendidos y a presentación de dos (02) personas que se hagan responsable de la conducta del investigado como son los ciudadanos Jesús Alfredo Madrid y Sonia Villegas, por la presunta comisión del delito e Hurto calificado, previsto y sancionado en el articulo 455 ordinal 4° del Código Penal. Permanecerá detenido a la orden de este Tribunal en Policía Municipal Simón Bolívar. Quedan notificadas las partes. Se declara cerrada la audiencia.
La Juez
ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO
EL FISCAL
LA VICTIMA
LA DEFENSORA
EL IMPUTADO
LA SECRETARIA
ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ