REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano JOSE DE JESUS PAGUA VARILLAS, de Nacionalidad Venezolana, residenciado calle Bolívar, Urbanización Bicentenario, casa nro. 16, Cúa, Estado Miranda, nacido (s) en fecha 18-04-80, de profesión u oficio comerciante informal, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro.V-14.326.731, de Padres: José Jesús Pagua (v) y Elsa María Ortega Varillas (f) , la medida de Privación Preventiva Judicial de Libertad , de conformidad con lo establecido en los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3° y 251 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Robo de Vehículo automotor previsto y sancionado en el articulo 2 ordinal 5° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores se ordena como sitio de detención preventiva el Centro Penitenciario Región Capital Yare II. Librese la correspondiente Boleta de Encarcelación. Quedan notificadas las partes, Se declara cerrada la audiencia.
La Juez
ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO
LA FISCAL
LAS VICTIMAS
EL (LOS) DEFENSOR (ES)
EL IMPUTADO
LA SECRETARIA
ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ