REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Oídas como han sido las partes este Tribunal de Control estima que este Procedimiento lo podemos garantizar con una Medida Cautelar de las previstas en el ordinal 3°, como lo es la presentación periódica ante el alguacilazgo, cada 15 día por tres meses, se acuerda el procedimiento ordinario. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez de Control
LEO MATA BLANCO
L a Secretaria
MARLUIZOR GARCIA MENA