REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por cuanto de la revisión exhaustiva de la presente causa se evidencia que el penado JUAN CARLOS MONTES DE OCA , de sesenta y dos años de edad, de profesión mecánico , de nacionalidad Uruguaya , hijo de Juan Gombal Montes de Oca y de Catalina Lanfranconi , residenciado en Calle Cujicito Casa No 33 esquina San Rafael Cúa Estado Miranda Titular de la Cedula de Identidad No 81.314.517, cumplió la pena principal impuesta por el extinto Juzgado Superior Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Los Teques, así como las presentaciones de la Sujeción a la vigilancia, en relación al pago de las costas procesales que el condenado debe cancelar de conformidad con el articulo 34 del código penal , este Juzgador ordena aplicar las disposiciones establecidas en los articulos 26, en concordancia con los articulos 253, 254 y 257 de la CONTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA es por lo que este TRIBUNAL ACUERDA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY SU LIBERTAD PLENA , en consecuencia ofíciese al Sistema de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Criminalísticas y Penales del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Caracas y a la Dirección de Prisiones del Ministerio de Interiores y Justicia, Caracas y a la defensa. Cúmplase.
---EL JUEZ DE EJECUCION No. 1
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DRA. ARLENIS ESCALANTE GUERRA
EL SECRETARIO,
ABG. NAIR RIOS