REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA un PERMISO ESPECIAL al Penado LUIS ALFREDO CARREÑO, por el lapso de Sesenta (60) días, a partir del 01-08-2003, debiendo cumplir el penado con las obligaciones de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndosele las siguientes condiciones establecidas en los artículos 495 y 496 Ejusdem:
Igualmente, deberá ser notificado que por el incumplimiento de alguna de las condiciones antes mencionadas, será motivo suficiente para la revocatoria del beneficio otorgado, quedando sin derecho al goce de algún otro beneficio que le puede corresponder. Líbrese el oficio correspondiente al Centro de Tratamiento Comunitario, con sede en Charallave, al Centro de Tratamiento No Institucional, con sede en Caracas.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
ARLENIS ESCALANTE GUERRA
LA SECRETARIA,
ABG. NAIR RIOS