REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, diez (10) de diciembre del dos mil tres (2003).-
193º y 144º
Por cuanto han sido consignados los fotostatos requeridos, se ordena librar la boleta de notificación a la Fiscal del Ministerio Público, ordenada en fecha 02 de diciembre de 2003. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO.
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO.
ABG. RICHARS MATA.
VGJ/ldb.
EXP.Nº 14105.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 10 de diciembre del 2003.-
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER
A la Fiscal 11º del Ministerio Publico, Dra. NELIDA VILLORIA, que se ha ordenado notificarle, en el procedimiento de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana SULBARAN DE QUIROZ BELKIS, signada bajo el Nº 14105, a los fines de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe. A tal fin se le anexa copia certificada del escrito de solicitud y del auto de admisión.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido notificada por el Alguacil de este Tribunal.
EL JUEZ.
DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
LA NOTIFICADA,
_________________
VJGJ/ldb
Exp Nº 14105.
El suscrito, ABG. RICHARS MATA Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que los anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el expediente signado con el Nº 14105, contentivo del juicio que por RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, sigue la ciudadana BELKIS SULBARAN DE QUIROZ. Las cuales fueron autorizadas por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, diez (10) días del mes diciembre del año dos mil tres (2003).
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA