REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de diciembre de dos mil tres.
192º y 143º
Vista la anterior diligencia estampada por la abogada CARMEN ARGUINZONES, en su carácter de autos, mediante la cual solicita de conformidad con el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, dicte la Ejecución de la sentencia dictada en fecha 25 de febrero de 2002; el Tribunal por cuanto la sentencia dictada en este juicio se encuentra definitivamente firme, se decreta su ejecución; y en consecuencia se le concede a la parte demandada un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la presente fecha, a objeto de que de cumplimiento voluntario a la sentencia, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA.


VJGJ/lisbeth
Exp Nº 96-5280