REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dos (02) de diciembre de dos mil tres.
193º y 144º
Vista la anterior diligencia estampada por la abogada LILI FUENTES, en su carácter de autos, mediante la cual solicita la ejecución de la transacción celebrada entre las partes en fecha 15 de octubre de 2003 y homologada en fecha 23 de octubre de 2003, por cuanto la parte demandada no ha dado cumplimiento a la misma, el Tribunal le concede a la parte demandada un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la presente fecha, a objeto de que de cumplimiento voluntario a la transacción celebrada, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA.


VJGJ/lisbeth
Exp Nº 13690