REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, dos (02) de diciembre de dos mil tres (2003).-
193º y 144º
Por cuanto fueron consignados los fotostatos respectivos, se libra Boleta de Notificación ordenada en el auto de fecha 29 de octubre de 2003.-
EL JUEZ
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO
VJGJ/Ana*
Exp. Nº 14044
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 02 de diciembre de 2003.-
193º y 144º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la fiscal del Ministerio Público, Dra. NELIDA VILLORIA que este Tribunal por auto de fecha 29 de octubre de 2003, se acordó su notificación, a objeto de que actúe en el juicio de DIVORCIO, seguido por la ciudadana CREISTZY DEL VALLE GONZALEZ contra el ciudadano JULIAN ANTONIO OROPEZA HUGLE, signada bajo el Nº 14044, como parte de buena fe y concurra a los actos a efectuarse en el mismo. Notificación que se le hace de conformidad con el artículo 132 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
LA FISCAL
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FECHA_____________
VJGJ/Ana*
Exp No 14044
EL SUSCRITO, Secretario Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques Abg. RICHARS MATA CERTIFICA: Que las anteriores copias son traslado fiel y exacto de sus originales que cursan en el expediente No. 14044 en el juicio de DIVORCIO seguido por la ciudadana CREISTZY DEL VALLE GONZALEZ CANELON contra el ciudadano JULIAN ANTONIO OROPEZA HUGLE. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil vigente, y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, dos (02) de diciembre de 2003.
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
RM/Ana
EXP. N° 14044