REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, cuatro (04) de diciembre de dos mil tres (2003).-
193º y144º

Vista la diligencia de fecha 27 de noviembre 2003, suscrita por el abogado en ejercicio RAMON VELÁSQUEZ GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.492, en su carácter de autos, mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada ciudadano LOPEZ LISANDRO y/o a su defensor judicial abogada DIVA RODRÍGUEZ, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 16 de septiembre de 2003, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y ordena librar boleta de notificación a la parte demandada ciudadano LOPEZ LISANDRO y/o a su defensor judicial abogada DIVA RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado 24.048, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 16 de septiembre de 2003, notificación que hace de conformidad con el artículo 251 el Código de Procedimiento Civil. Líbrense boleta de notificación. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente

EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA

VJGJ/nr
Exp. 96-4424




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 04 de diciembre de 2003
193º y 144º

BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

Al ciudadano LOPEZ LISANDRO y/o a su defensor judicial abogada DIVA RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado 24.048, en el juicio que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA sigue en su contra la ciudadana MARIA ANGELICA BORGES HERNANDEZ, el cual se sustancia en el Expediente signado con el Nº 964424, que este Tribunal en fecha 16 de septiembre de 2003, dictó sentencia en el presente juicio. Así mismo se le hace saber que una vez conste en auto la notificación comenzará a computarse el lapso de ley a los efectos de ejercer el recurso a que hubiera lugar contra la mencionada decisión. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES




VJGJ/nr
EXP. N° 964424