REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MRIANDA. Los Teques, nueve (09) de diciembre de dos mil tres (2003)
193ª y 144ª
Por cuanto han sido consignados los fotostatos respectivos, désele cumplimiento a la parte in fine del fallo dictado en fecha 24 de noviembre de 2003. LÍBRENSE OFICIOS.
EL JUEZ
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO
VJGJ/Ana*
Exp. Nº 13605
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRASITO DE LA CIRCUNCSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 09 de diciembre de 2003
193º y 144º
OFICIO Nº 0855 -2061
CIUDADANO
JEFE CIVIL DE LA PREFECTURA DEL MUNICIPIO
AUTONOMO INDEPENDENCIA SANTA TERESA DEL TUY
DEL ESTADO MIRANDA
SU DEPACHO
Tengo a bien dirigirme a usted, a fin de remitir anexo al presente Oficio COPIA CERTIFICADA, constante de cinco (05) folios útiles, de la sentencia recaída en la solicitud de Divorcio 185-A del Código de Procedimiento Civil, seguido ante este Tribunal por los ciudadanos DAVID BINZEN TERAN RAMIREZ y LELY MARGARITA ROMERO HERNANDEZ, dictada en fecha 24 de noviembre de 2003, y en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio y disuelto el vinculo matrimonial, contraído por ellos en fecha 03 DE FEBRERO DE 1.995, según partida de matrimonio asentada bajo el N°07.en los Libros de Registro Civil de Matrimonio llevado por ante esa Prefectura
Remisión que se le hace a los fines legales consiguiente y a objeto que se sierva inserta la sentencia ejecutada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 475 del Código Civil.
EL JUEZ
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
VJGJ/Ana*
Exp. Nº 13505
Anexo lo indicado
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRASITO DE LA CIRCUNCSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 09 de diciembre de 2003
193º y 144º
OFICIO Nº 0855-2062
CIUDADANO
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO MIRANDA
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a usted, a fin de remitir anexo al presente Oficio COPIA CERTIFICADA, constante de cinco (05) folios útiles, de la sentencia recaída en la solicitud de Divorcio 185-A del Código de Procedimiento Civil, seguido ante este Tribunal por los ciudadanos DAVID BINZEN TERAN RAMIREZ y LELY MARGARITA ROMERO HERNANDEZ, dictada en fecha 24 de noviembre de 2003, y en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio y disuelto el vinculo matrimonial, contraído por ellos en fecha 03 DE FEBRERO DE 1995, según partida de matrimonio asentada bajo el N°07.en los Libros de Registro Civil de Matrimonio llevado por ante esa Despacho
Remisión que se le hace a los fines legales consiguiente y a objeto que se sierva inserta la sentencia ejecutada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 475 del Código Civil.
EL JUEZ
Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
VJGJ/Ana*
Exp. Nº 13605
Anexo lo indicado
EL SUSCRITO: Abg. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente No.13605, en el juicio de DIVORCIO 185-A seguido por los ciudadanos DAVID BINZEN TERAN RAMIREZ y LELY MARGARITA ROMERO HERNANDEZ. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1° de la ley de sellos. Los Teques, nueve (09) de diciembre de dos mil tres (2.003).
EL SECRETARIO
Abg. RICHARS MATA