REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 10 de Diciembre de 2003.
193° y 144°
Causa: 6C23684-03
Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés
Fiscal Auxiliar 3° del Ministerio Público: Dr. Ciro Camerlingo
Defensora Pública Penal: Dra. Raquel Morillo
Imputado: Solórzano Acosta Félix Eduardo
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno
Delito: Hurto Calificado Frustrado, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 6° del Código Penal.-
DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primer Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley REVOCA la medida cautelar sustitutivas libertad acordada en fecha 23/09/2003 en favor del ciudadano: Solorzano Acosta Felix Eduardo, titular de la cédula de identidad N° V-12.730.329; de conformidad con establecido en el artículo 262 numeral tercero del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se ordena su inmediata reclusión en el internado judicial de la ciudad de Los Teques.-
Líbrese la correspondiente boletas de encarcelación y remítase con oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de nuestra norma adjetiva penal.-