REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 16 de Diciembre de 2003.-
193° y 144°
Causa: 6C24385-03
Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 3° del Ministerio Público: Dr. Damiano D’angelo.-
Defensora Pública Penal: Dra. Raquel Morillo.-
Imputado: Tovar Cazañas Giovanni Rafael.-
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno.-
Delito: Hurto Calificado (Con Abuso de Confianza), previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 1° del Código Penal Venezolano.-
DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primer Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley REVOCA la medida cautelar sustitutivas libertad acordada en fecha 08/10/2003 en favor del ciudadano: Tovar Cazañas Giovanni Rafael, titular de la cédula de identidad N° V-13.600.904; de conformidad con establecido en el artículo 262 numeral tercero del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se ordena su inmediata reclusión en el internado judicial de la ciudad de Los Teques.-
Líbrese la correspondiente boletas de encarcelación y remítase con oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de nuestra norma adjetiva penal.-