REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 19 de Diciembre de 2003.-
193° y 144°
Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Secretaria Inhibida: Ingrid Moreno.-
Secretaria: Abg. Adda Espinoza.-DECISIÓN:

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley,
Primero: Declara con lugar la inhibición planteada por la Abogado Ingrid Carolina Moreno García en su carácter de Secretaria adscrita al Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, en contra de la Abogado Nancy Suarez Montilla, Defensora Pública Penal Circunscripcional, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; 86 numeral 8, 87 y 90 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Segundo: Notifíquese del presente fallo a la Coordinación de la Unidad de la Defensoría Pública Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques.-
Tercero: Notifíquese a la División de los Servicios Judiciales de éste Circuito Judicial Penal y sede.-
Cuarto: Notifíquese a la funcionario inhibida.-
El Juez de Control N° 06

Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria

Abg. Adda Espinoza
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria

Abg. Adda Espinoza
RRA/AE/rr
Causa: 6C27031-03