REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Los Teques, Diciembre 23 de 2003
144° y 193°
Por recibido del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente, expediente No. 1C-18-03, seguido aL adolescente IDENTIFICACION OMITIDA, en donde se encuentra definitivamente firme la sentencia dictada en su contra, en fecha 04-12-2003 por la comisión del delito de ROBO previsto en el artículo 457 del Código Penal y sancionados a cumplir las medidas sancionatorias de LIBERTAD ASISTIDA , SERVICIOS A LA COMUNIDAD Y REGLAS DE CONDUCTA, previstas en el artículo 620, literales “b” “d” y “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de UN (1) AÑO Y TRES (3) MESES y UN (1) AÑO respectivamente . Désele entrada y anótese en el libro de causas correspondiente. Así mismo, a los fines de proceder a la ejecución de la medida impuesta, se acuerda citar al adolescente para el día Lunes 15-01-2004 a las 10: 00AM. Notifíquese a la Defensa y a la Fiscal del Ministerio Público. Cúmplase.-
LA JUEZ
DRA VIOLETA MARLENE VIELMA MORALES
LA SECRETARIA
Vianney Bonilla
ACT. 1E-249-03