REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta la Privación Judicial de Libertad al imputado MAIKER LUIS RAVELO LUNA, venezolano, soltero, obrero, nacido el 09-03-1.980, 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.451.516, residenciado en el sector Campo Elías, calle Principal, casa N° 46, Charallave, Municipio Cristóbal Rojas, Estado Miranda, hijo de Nancy Luna (v) y de José Dávila (v), ), de conformidad con lo establecido en los ordinales 1,2 y 3 del artículo 250, ordinales 2° y 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. Y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese y Diarícese, déjese copia.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

Abg. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO