REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
D E C I S I O N
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°2 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al imputado JOSE LUIS BERMÚDEZ RIVAS, portador de la Cédula de Identidad N° V-19.685.426, en fecha 03 de agosto del 2.003 y le impone las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad establecidas en los ordinales 2° y 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, como son la presentación por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión cada ocho (08) días por un lapso de seis (06) meses; y la presentación de dos (02) personas responsables, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264, ejusdem.- Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese. Líbrese las correspondientes boletas de notificación.-
La Juez Segundo de Control
Abog. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO