REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

D E C I S I O N
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°2 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al imputado CARLOS GUILLERMO ESTRADA RODRIGUEZ, portador de la Cédula de Identidad N° 3.174.604, en fecha 30 de octubre del 2.003 y en su lugar le impone la medida cautelar sustitutiva de libertad establecida en el ordinal 2° del artículo 256, ejusdem, consistente en la presentación de dos (2) personas responsables, y se mantiene la establecida en el ordinal 3° del artículo 256, ejusdem, consistente en la presentación ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Valles del Tuy de este Circuito Judicial Penal, cada quince (15) días, por una lapso de seis (06) meses, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 263, ejusdem.-
Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese.
Líbrese las correspondientes boletas de notificación.-
Juez Segundo de Control
Abog. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO